Eres usuario del Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles “PSM”?

Si eres socio, accionista, administrador, o representante legal de una empresa entérate de cómo dar cumplimiento a las obligaciones que establece la Ley de la materia en relación a las publicaciones y avisos que debe presentar la empresa.
La Secretaría de Economía creó un sistema electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles “PSM”, a través de su sitio de internet www.psm.economia.gob.mx que permite realizar las publicaciones que deben desarrollarse de conformidad con las leyes mercantiles, como es el caso de la publicación de la Convocatoria para Asambleas Generales, el Acuerdo de Asamblea sobre Aumento de Capital Social, así como, la publicación del Balance General de una empresa, etcétera, en observancia al Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles, entre otros ordenamientos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 13 de junio de 2014, y al Acuerdo mediante el cual se establece el Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles y las disposiciones para su operación, publicado en el DOF el 12 de junio de 2015.
Las personas que pueden realizar operaciones de publicación en el PSM, son los Representantes legales de la persona moral, usuarios autorizados de la persona moral, o los servidores públicos de la secretaría de economía, mediante el uso de la firma electrónica avanzada, y sin ningún costo.
La consulta a dichas publicaciones la puede realizar cualquier persona interesada, y obtener del PSM el documento objeto de publicación, todos podemos conocer actualmente si una empresa realizó una reducción a su capital social, cualquier Balance General, o algún Acuerdo y/o Resolución importante, es lo interesante de este sistema, además de que permite que la emisión de la información sea más eficaz ya que puede ser conocida y sabida por todas las personas que tenga un interés.
Te sugerimos que al momento de protocolizar el Acta de Asamblea correspondiente ante Notario público, anexar a la misma la publicación que se descargue del PSM, la cual debe contener la cadena original y la firma digital de quien realizó la publicación para su constancia.
¡Al parecer nos olvidamos de los periódicos!